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Bienvenidos a Venezuela
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Áreas y Divisiones: |
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División de Voluntarios |
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Seguridad
e Higiene Ocupacional |
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HLV: 03:30 am |
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Unidad de Seguridad e Higiene Ocupacional - USHO |
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Misión:
Asesorar y dar apoyo al personal del Cuerpo de Bomberos de Caracas, civil y uniformado, en materia de prevención de accidentes, higiene industrial y protección ambiental, así como también participar en la formación y orientación del personal en esta materia, dar las recomendaciones necesarias para corregir o minimizar los riesgos presentes dentro de las instalaciones de la institución y asegurar que se tomen las medidas de prevención de acuerdo con los procedimientos de trabajo seguro y normas establecidas para preservar la integridad física del recurso humano, instalaciones, medio ambiente y terceros.
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Visión:
Establecerse como el ente asesor del Cuerpo de Bomberos de Caracas en materia de Seguridad Integral, aplicando la experiencia y el recurso tecnológico, acorde con las necesidades de la Institución; Además de asesorar técnica y profesionalmente a los Cuerpos de Bomberos del país, en esta materia.
Política:
Desarrollar una administración efectiva de la Seguridad e Higiene en el Cuerpo de Bomberos del Distrito Capital, mediante la aplicación y coordinación de planes y programas de prevención de riesgos laborales.
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FUNCIONES (Resolución N° 44-2006) |
» Asesorar a la Comandancia General del Cuerpo de Bomberos del Distrito Capital, en materia de Seguridad e Higiene Ocupacional.
» Promover, orientar, establecer y mantener programas de Seguridad e Higiene Ocupacional, que permitan reducir los índices de accidentes y enfermedades de origen laboral.
» Identificar, evaluar y proponer los correctivos que permitan controlar las condiciones y medio ambiente de trabajo, que puedan afectar la salud de los trabajadores durante el ejercicio de sus funciones.
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» Recibir y procesar oportunamente todos aquellos accidentes y enfermedades ocupacionales, a fin de ser reportados a tiempo ante los organismo competentes.
» Coordinar los procesos de elección de Delegados de Prevención y conformación de los Comités de Seguridad y Salud Laboral, como lo establece la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT) vigentes, brindando las oportunas asesorías en el cumplimiento de sus deberes.
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